Eliminación del Fondo Federal Solidario
Como comprometer a las Provincias en el ajuste fiscal
El gobierno nacional a través del Decreto Nº 756/2018 del 14 de agosto ha derogado el denominado Fondo Federal Solidario (FFS). Este Fondo fue creado en el año 2009 a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 206. La medida fue tomada en el contexto de la crisis que afectaba a la economía internacional desde fines de 2007, como parte de la política contracíclica que diseñó el gobierno anterior, que implicó una descentralización de los recursos y una manera de reforzar los presupuestos provinciales y municipales[1], destinando esos fondos para el financiamiento de obras de infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial en ámbitos urbanos o rurales.
En los considerando del decreto de derogación se expresa que en el momento de la creación del Fondo las Provincias recibían aproximadamente una cuarta parte de la recaudación de impuestos nacionales y que a partir de diferentes medidas adoptadas por el gobierno nacional esos recursos habrían alcanzado a un tercio del total. Para luego sostener que “las nuevas circunstancias que presenta el contexto internacional, la necesidad de acelerar la consolidación fiscal y evitar la generación de mayores desbalances, y las medidas adoptadas para enfrentarlas hacen necesario eliminar el Fondo Federal Solidario”. Más allá del lenguaje burocrático de los considerando, parece quedar claro que el objetivo principal de la eliminación del Fondo no es otro que acelerar el ajuste fiscal prometido en el marco de los acuerdos suscriptos con el Fondo Monetario Internacional. Y una manera también de comprometer a las Provincias en el ajuste, restándoles recursos fiscales que ya habían sido acordados en el Presupuesto para el año en curso. Es así entonces que se transfieren recursos que las Provincias y Municipios usaban para el desarrollo de su infraestructura al Estado Nacional que habrá de utilizar para el cada vez más abultado pago de los intereses de la deuda externa.
Cabe recordar que el FFS estaba compuesto por el 30 % de los montos recaudados en concepto de derechos de exportación de la soja en todas sus variedades y derivados (poroto, harina y aceites) y se repartía en forma automática, diaria y a través del Banco de la Nación Argentina, según los porcentajes del sistema de coparticipación federal. Además se estableció la prohibición de derivar los fondos hacia otros destinos que no fueran los señalados anteriormente. La implementación del FFS significó un incremento en la participación de las provincias en la distribución de los recursos tributarios recaudados a nivel nacional.
A través del artículo 74 de la Ley Nº 27.341 (ley de presupuesto del año 2017) se le sumó al FFS la suma de pesos cinco mil millones ($ 5.000.000.000) y se amplió su objeto incorporándose la finalidad de financiar obras provinciales, municipales y de la CABA, que contribuyeran a la mejora de la infraestructura edilicia de las distintas reparticiones y organismos públicos, sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial, como también para infraestructura e inversión productiva.
Resulta interesante transcribir el inciso h del punto II del llamado Consenso Fiscal, aprobado por la Ley Nº 27.429, porque su redacción parece, en algún sentido anticipar la derogación del FFS aunque no tan prematuramente como se ha hecho en función de forzar el ajuste en el gasto presupuestario de las provincias:
“h) Distribuir los recursos del Fondo Federal Solidario (en la medida que éste exista), entre las jurisdicciones que adhieren y cumplan con este Consenso, sin incluir el Estado Nacional, de acuerdo con la distribución prevista en el régimen general de coparticipación federal, acrecentando proporcionalmente su participación sobre la de las jurisdicciones que no participan (por no haber adherido o por no cumplir con el Consenso)”
Cabe consignar que el FFS representó en el año 2010 el 7.35 % de los recursos tributarios de origen nacional transferidos a las provincias, una cifra significativa si se tiene en cuenta el destino de esos montos. Dicho porcentual fue decayendo en años subsiguientes debido a la caída de los precios internacionales de la soja y posteriormente por la secuencia de disminución de la alícuota de los derechos de exportación implementada por el gobierno de Mauricio Macri. Es así, como en el año 2014 representó el 4,84% de los recursos de origen nacional y en el año 2017 tan sólo el 2.51%.
Según un estudio realizado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal la eliminación del FFS habrá de impactar en algunas provincias que tienen un gasto de capital proporcionalmente bajo donde el Fondo tiene importancia en el financiamiento de los gastos de infraestructura, en algunos casos representando entre el 15% a 20% del gasto de capital, porcentuales que indican que a pesar de la caída absoluta, el Fondo mantiene su importancia en el financiamiento de las inversiones en infraestructura, especialmente en los municipios.
La anticipación de una medida que si bien se veía venir no deja de sorprender por su premura, ha causado malestar en gobernadores e intendentes de diverso color político, lo que hace prever cuestionamientos que seguramente llegarán hasta los estrados judiciales. Pero más allá de las decisiones que se tomen lo cierto es que no deja de ser un indicador preciso de las características y magnitud que está asumiendo el ajuste fiscal.
Américo García
Agosto 2018
[1] Los derechos de exportación constituyen recursos exclusivos de la Nación, según lo establece el artículo 4º de la Constitución Nacional y el artículo 2º inciso a) de la ley 23.548